Centro de RECONOCIMIENTOS MÉDICOS ALGORTA
Permisos navegacón Marítima
Permiso de navegación
Similar al permiso de circulación de un vehículo, los barcos cuentan con el Permiso de navegación, también llamado Certificado de Registro Español. Se trata de uno de los documentos obligatorios para navegar que emite la Dirección General de la Marina Mercante a través de las capitanías marítimas. El permiso tiene una validez limitada, por lo que debe ser renovado periódicamente (cada 5 años), independientemente de que el barco tenga que pasar o no la ITB.
La titulaciones son emitidas por la Dirección General de la Marina Mercante o las Comunidades Autónomas que hayan asumido estas competencias: País Vasco, Cantabria, Asturias, Galicia, Andalucía, Murcia, Valencia, Cataluña, Baleares, Canarias, Ceuta y Melilla.
Sin embargo, se necesita titulación náutica de recreo para gobernar embarcaciones a motor con una potencia de mas de 11,26 kilovatios (15 CV) mas de 5 metros de eslora, motos náuticas, a menos que no se alejen más de 2 millas náuticas de un puerto, marina o lugar de abrigo y la actividad se realice en régimen de navegación diurna.
En CRM Algorta, realizamos los reconocimientos médicos necesarios para la obtención del permiso de navegación.